SANTO DOMINGO. Ante los ataques contra el juez de la oficina Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, Fátima Veloz, por rechazar imponer prisión preventiva a los hermanos Espaillat, el Poder Judicial salió en la defensa de la joven magistrada
En un documento que carece de atribución en su redacción a la Suprema Corte de Justicia, pero que fuentes confiables aseguraron que es la posición del Poder Judicial, explica que la decisión está sustentada en la normativa procesal vigente y en el principal de la legalidad consagrado en el artículo 40 numeral 14 de la Constitución.
El documento puesto a circular la tarde de este viernes, indican que la juzgadora consideró que los Espaillat poseen arraigo suficiente al tener domicilio conocido, actividad empresarial estable, vínculos familiares y sociales en el país.
Y que el tipo penal que enfrentan los dueños de discoteca colapsada, donde murieron 236 personas, es HOMICIO INVOLUTARIO.
Dice el documento, que la magistrada Veloz explica en que con la imposición de una medida de coerción se busca garantizar la sujeción del imputado al proceso.
En una parte del documento de prensa, el Poder Judicial recuerda que el Código Penal Dominicano, promulgado originalmente en el siglo XIX y basado en el modelo napoleónico de 1810, ha permanecido sustancialmente inalterado durante más de 140 años, salvo reformas parciales y puntuales. Esta longevidad normativa ha generado una desconexión estructural entre el texto legal y la realidad social,
En resumen, el Poder Judicial salió a la defensa de la jueza Fátima Veloz, una magistrada de 34 años de edad y que le ha tocado conocer la medida de coerción de uno de los casos más trágico en la historia dominicana y que el común de la gente pensaba que los dueños de la colapsada discoteca merecían prisión preventiva.


























