Condenas de 20 años de prisión para pareja que violó sexualmente a dos adolescentes en SDE
Balanza justicia

Cobertura.- Un tribunal condenó a 30 años de reclusión mayor a una pareja declarada culpable de actos de tortura y barbarie, maltrato infantil y el homicidio de una niña de siete años ocurrida el 16 de agosto de 2025, en el sector Los Guandules, del Distrito Nacional.

Yokeiry Coronado De La Cruz y su pareja Jeider Montero Medina deberán cumplir la pena en los centros de corrección y rehabilitación (CCR) de Najayo Mujeres y Najayo Hombres, en la provincia San Cristóbal, respectivamente. Además, el tribunal dispuso el pago de una indemnización de cinco millones de pesos a favor de la madre de la víctima constituida en parte civil.

La fiscal litigante Yelianny Polanco, adscrita al Departamento de Litigación Final del Distrito Nacional, presentó las pruebas testimoniales, periciales, documentales y materiales que permitieron demostrar la responsabilidad penal de los procesados ante el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, integrado por las juezas Yissell Soto (presidenta), Clara Sobeida Castillo y Jarolyn Rosario, quienes dictaron la sentencia y fijaron la lectura íntegra para el 12 de noviembre de 2026.

El Ministerio Público sustentó su solicitud de imposición de la pena máxima en los maltratos reiterados que sufrió la niña y en las pruebas incorporadas durante el juicio, las cuales permitieron establecer que las lesiones no correspondían a un episodio aislado, sino, que, evidenciaban un patrón de maltrato prolongado, que culminó con la muerte de la infante.

Sobre el hecho

De acuerdo con la investigación, realizada por la procuradora fiscal Topacio Suero Sierra, adscrita al Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona del Distrito Nacional, la niña se encontraba bajo el cuidado de los procesados, quienes tenían el deber de garantizar su protección e integridad.

El expediente establece que durante los meses de julio y agosto de 2025, Coronado De La Cruz incurrió en actos de maltrato contra la niña, mientras que Montero Medina, teniendo conocimiento de la situación, no la denunció.

El 16 de agosto de 2025, alrededor de las 6:30 de la tarde, Coronado De La Cruz solicitó la presencia de sus familiares Alejandrina Rodríguez Polanco y María Polanco De La Cruz en su residencia, ubicada en la calle Respaldo Eugenio Perdomo, en Los Guandules, debido a que la niña presentaba convulsiones.

Al llegar al lugar, Rodríguez Polanco se comunicó con el Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1 para informar que la menor se encontraba inconsciente. Posteriormente, una médico forense del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) certificó el fallecimiento y documentó los hallazgos relacionados con el maltrato reiterado, conforme al acta de levantamiento de cadáver.

La investigación también estableció que la versión ofrecida por Coronado De La Cruz, sobre las circunstancias del fallecimiento, no coincidía con los hallazgos forenses. Las autoridades procedieron a su arresto y posteriormente arrestaron a Montero Medina, tomando en cuenta el deber de cuidado y protección que ambos tenían respecto de la niña.

Pruebas aportadas